Expediente No. 506-2016
Sentencia de Casación del 26/09/2016
“…Cámara Penal advierte que el órgano de alzada respondió al reclamo, con fundamentación clara, precisa y congruente con los hechos que fueron acreditados por el tribunal de sentencia y la aplicación de la ley sustantiva penal a tales hechos, al considerar que fueron probados los elementos que configuran el tipo penal de robo agravado. En cuanto al reclamo que no fue cuantificado el valor de los objetos despojados a los agraviados, lo consideró innecesario, en tanto se describan estos, los cuales consistieron en billeteras, celulares y documentos personales de los pasajeros de los buses, cuya vida e integridad física estuvo en peligro a consecuencia del hecho sufrido, circunstancia que no les permitió contabilizar el monto de dinero que llevaban, o la exactitud de pertenencias de las que fueron despojados por ser un hecho impredecible…”